El Token debe colocarse junto al número de afiliado: nº de afiliado más el token, todo junto.
*CAMPAÑA ANTIGRIPAL 2026 (VER NORMATIVAS)
RECETARIO MEMBRETADO O CON SELLO DE INSTITUCIÓN:
De todo tipo (Particular o de Instituciones) con membrete del médico tratante o Institución Médica / Odontológica / Diagnóstico / Emergencias habilitados.
Recetarios sin membrete (ya sea en blanco o con publicidad de medicamentos) siempre y cuando conste con alguna identificación de la Institución (sello, por ejemplo).
NO SON VÁLIDOS:
Recetarios con publicidad de medicamentos sin identificación de la Institución.
Recetarios de servicios laborales de empresas ajenas a la salud (Ej: Cooperativa de Trabajo del Tabaco)
30 días de validez
Nº de afiliado, se puede salvar al dorso con la conformidad del afiliado y colocando leyenda “Ver al Dorso”.
Monodroga: Todas las prescripciones deben efectuarse por nombre genérico, la falta del mismo es motivo de débito, la prescripción podrá indicar una marca sugerida, y el profesional farmacéutico sustituirla por una especialidad medicinal que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades.
ACLARACION: en aquellos recetarios (diabetes y leches) que cuenten con el principio activo correspondiente al pie del mismo, el profesional deberá repetirlo de puño y letra. Tener en cuenta que el profesional solo podrá prescribir en los mismos la monodroga indicada en dichos recetarios.
PRODUCTOS:
Hasta seis por semana
Hasta 4 mono dosis por receta
Cambio de marca comercial SI
VALIDACIÓN:
Afiliados, productos y descuentos
Realizar antes de efectuar una venta a través de la página: